Una moción 440 de la Ley de Procedimiento Penal (CPL) posterior a la condena de Nueva York permite que un acusado solicite al tribunal que anule una sentencia en su contra o que reabra el caso. Debido a que presentar una moción CPL 440 posterior a la condena es complicado, es fundamental consultar a un abogado defensor penal con experiencia.
En CDH Law, PLLC, nuestros abogados están altamente capacitados para presentar mociones CPL 440. Si le preocupa una condena penal o si ha recibido recientemente una condena penal, podemos ayudarle. Nuestros abogados con experiencia en defensa penal de Syracuse saben cómo evaluar juicios penales y encontrar cualquier error legal que haya ocurrido. Cuando es necesario presentar una moción CPL 440 posterior a la condena, nuestros abogados saben cómo argumentar la moción de manera efectiva. Póngase en contacto con nuestro bufete de abogados de Syracuse hoy para saber cómo nuestros abogados pueden ayudarlo a defender sus derechos durante todo el proceso.
¿Qué Es Una Moción CPL 440?
El propósito de una moción CPL 440 es anular la condena penal del acusado o reabrir el caso penal debido a un error legal. Por lo general, los acusados presentan mociones CPL 440 posteriores a la condena en el tribunal inferior después de recibir sentencia en un juicio penal. Los demandados pueden presentar mociones CPL 440 antes o después de perfeccionar una apelación completa ante el tribunal superior. El reclamo más común hecho en una moción CPL 440 es que el tribunal no protegió el derecho del acusado a la asistencia efectiva de un abogado según la Sexta Enmienda.
¿En Qué Se Diferencian de Las Apelaciones?
La ley de procedimiento penal de Nueva York permite a los acusados impugnar la legalidad de una sentencia o condena penal después de que haya sido dictada por el tribunal. Una moción CPL 440 es diferente a una apelación ante el tribunal de apelaciones. Los demandados presentan la moción CPL 440 al tribunal de primera instancia, no al tribunal de apelaciones. Además, el propósito de una moción 440 es hacer que el tribunal de primera instancia tenga conocimiento de hechos que no figuran en el expediente del tribunal de primera instancia. Estratégicamente, un acusado puede presentar una moción CPL 440 para ampliar los hechos en el expediente antes de presentar una apelación completa ante el tribunal de apelaciones.
Cronograma Para Presentar Una Moción CPL 440
Los acusados penales de Nueva York pueden presentar una moción CPL 440 en cualquier momento después de la condena. Sin embargo, es ventajoso presentar una moción CPL 440 lo antes posible. Cuanto más espere un acusado para plantear una cuestión legal en una moción CPL 440, más débil podrá aparecer la moción ante el tribunal. En CDH Law PLLC, nuestros abogados ayudan a los clientes a evaluar si presentar una moción CPL 440 es apropiado y, si es necesario, determinamos el momento más ventajoso para presentar la moción.
Contenido de Una Moción 440 Posterior a la Condena
Cada moción 440 contendrá información única para los temas específicos del caso. Después de revisar el expediente judicial y todos los detalles del caso, los abogados de CDH Law PLLC redactan 440 mociones, que deben incluir los siguientes elementos:
- Un aviso de la moción.
- Una afirmación del abogado del acusado que presenta la moción.
- Cualquier documento relevante del juicio, como la acusación o la denuncia.
- Las transcripciones de las actuaciones judiciales.
- Una afirmación del abogado litigante, si es necesario.
- Un memorando de ley que indique por qué el tribunal debería conceder la moción
- Cualquier otra declaración jurada o documentación que respalde el reclamo que se realiza en la moción.
Fundamentos Legales Para Presentar Una Moción 440 Posterior a la Condena
El estatuto CPL 440 enumera muchos motivos legales para presentar una moción CPL 440, incluidos los siguientes:
- El tribunal no tenía competencia.
- El estado indujo el acuerdo de culpabilidad mediante fraude
- El acusado era legalmente incompetente en el momento del acuerdo de declaración de culpabilidad.
- El acusado no se declaró culpable a sabiendas e inteligentemente.
- Se produjeron errores durante el juicio que no quedaron claros en el expediente.
- El estado violó los derechos constitucionales federales o estatales del acusado.
- Alivio de la deportación a través de un juez que anula la sentencia
Cuando el tribunal recibe la moción CPL 440 posterior a la condena, la deniega, la concede y anula la condena, u ordena una audiencia probatoria para explorar más a fondo las afirmaciones fácticas realizadas y pronunciarse sobre cualquier cuestión de hecho planteada por la moción. Al anular la sentencia, el tribunal la declara jurídicamente nula. Normalmente, los tribunales de apelación anulan la sentencia de los tribunales de distrito inferiores. Sin embargo, los acusados presentan mociones CPL 440 posteriores a la condena en los tribunales inferiores de Nueva York. Cuando se conceden, 440 mociones permiten a los tribunales de primera instancia anular sus propios fallos.
Preparándose Para Presentar la Solicitud
En CDH Law PLLC, nos tomamos muy en serio los problemas legales de nuestros clientes. Cuando consideramos presentar una moción 440 posterior a la condena, investigamos a fondo los detalles del caso. Revisamos todas las transcripciones relevantes, incluidas las transcripciones del juicio, la declaración de culpabilidad o la sentencia. También investigamos los expedientes del abogado que representó al cliente durante el acuerdo de culpabilidad o la sentencia. Si es necesario, nuestros abogados solicitan los archivos del tribunal y de la fiscalía a través de una solicitud de la Ley de Libertad de Información (FOIA). También solicitamos un informe del acusado y de cualquier testigo relevante. Utilizamos un investigador privado si es necesario. Finalmente, utilizamos nuestro profundo conocimiento del derecho penal de Nueva York para analizar el tema y determinar los mejores reclamos legales para presentar en la moción 440.
¿Qué Sucede Si Se Rechaza Una Moción 440?
Cuando un juez deniega una moción 440, el acusado puede apelar en circunstancias concretas. Antes de apelar la denegación, el acusado debe solicitar permiso para presentar una apelación ante un juez de un tribunal de apelaciones de Nueva York. Los demandados deben presentar apelaciones dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la notificación de que un juez denegó su moción 440. Cuando un juez de apelaciones concede la solicitud de apelar la moción 440, el acusado debe presentar una apelación completa. Los demandados deben incluir una recopilación del expediente judicial y presentar los escritos para una apelación completa.
Nuestros Abogados de Defensa Criminal Pueden Ayudar
Si un tribunal penal lo ha condenado, es posible que en su caso se presente una moción 440 posterior a la condena. Nuestros abogados pueden ayudarlo a determinar la mejor estrategia para su caso en el futuro. Comuníquese con los abogados expertos en defensa penal de CDH Law PLLC para analizar cómo podemos ayudarlo con los procedimientos posteriores a la condena.