¿Has decidido divorciarte? Es posible que haya pensado que este era el principio del fin de las decisiones difíciles que deberá enfrentar, pero hay muchas más decisiones y procesos que deberán atravesar a medida que comienza el camino hacia un nuevo capítulo en su vida. La primera pregunta que probablemente enfrentará después de decidirse por el divorcio es: ¿dónde debo presentar la solicitud de divorcio? Si se casó en otro estado, es posible que se pregunte si tiene que regresar a ese estado para divorciarse. La mayoría de los estados tienen requisitos de residencia para los solicitantes de divorcio. Discutiremos más sobre dónde puede solicitar el divorcio aquí.
Para poder conceder el divorcio, un tribunal estatal debe tener competencia sobre el procedimiento de divorcio. Jurisdicción significa que el tribunal tiene el poder de dictaminar sobre los procedimientos y decidir el resultado del caso. Es por eso que, en la mayoría de los casos, una persona solicitará el divorcio en el estado donde vive. Dependiendo de cuánto tiempo haya vivido en ese estado, lo más común es que el tribunal tenga jurisdicción sobre un residente del estado para conocer su caso de divorcio.
Antes de solicitar el divorcio, debe verificar los requisitos de residencia de su estado. También debe consultar los requisitos de residencia del condado local. Hágalo con prontitud. Si su cónyuge vive en otro estado, es posible que desee solicitar el divorcio allí. Tener un caso de divorcio pendiente fuera del estado puede ser logísticamente difícil y muy inconveniente. Sin embargo, es posible que también desee investigar las leyes estatales sobre divorcio para ver cuál es la más favorable a su situación.
Para solicitar el divorcio, debe cumplir con los requisitos de residencia del estado. Hay algunas formas diferentes de cumplir con los requisitos de residencia. Si usted o su cónyuge han estado viviendo en Nueva York continuamente durante un mínimo de dos años antes de iniciar el caso de divorcio, entonces cumplirán con los requisitos de residencia. Alternativamente, si usted o su cónyuge han estado viviendo en Nueva York continuamente durante un mínimo de un año antes de iniciar el caso de divorcio y se casaron en Nueva York, vivieron en Nueva York como pareja casada o los motivos para El divorcio ocurrió en Nueva York, entonces cumplirá con los requisitos de residencia. Por último, puede cumplir con los requisitos de residencia si tanto usted como su cónyuge son residentes de Nueva York el día en que se inicia el divorcio y los motivos de su divorcio ocurrieron en Nueva York.
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